C/San Vicente nº4, Oviedo
C/San Vicente nº4, Oviedo
NORMAS DEL CENTRO
Respeto y apertura a la propuesta educativa.
Colaborar en la creación de un ambiente acogedor y un clima de cercanía.
Que las/os alumnas/os sean protagonistas de su propia formación.
Que intervengan activamente en el Centro.
Respetar y utilizar correctamente las instalaciones del Centro.
NOTA: El centro no se hace responsable del material que se deje en las aulas. Los daños ocasionados por el mal uso de los bienes materiales del Centro serán responsabilidad del causante y abonados, en su caso.
Cada persona tiene derecho a ser respetada por su dignidad. Este principio pide:
Respetar las normas cívicas más elementales.
Cuidar el aseo personal y el decoro en el vestir.
Utilizar un vocabulario correcto y educado.
Ser correctas/os en el trato social.
Facilitar el ambiente de silencio y atención evitando interrupciones innecesarias.
No utilizar el móvil o cualquier otro dispositivo electrónico en el aula, salvo autorización del profesor.
No fumar durante la jornada lectiva, como marca la Ley.
Se prestará especial atención a cualquier situación de bullying.
Durante las clases no se puede comer ni beber, ni masticar chicle.
Al terminar las clases las/os alumnas/os dejarán el aula recogida y limpia.
Cada alumna/o se hará responsable de la higiene y desinfección de su puesto de trabajo y equipo.
Lavado de manos frecuente con agua y jabón o gel hidroalcohólico.
Todas/os las/os alumnas/os deberán estar en sus respectivas aulas a la hora de empezar cada clase.
Se considerará retraso la llegada en los 10 minutos posteriores al inicio de la clase. A partir de esos 10 minutos será considerada falta de asistencia.
La acumulación de 3 retrasos también será considerada falta.
El profesor es quien determina el final de la clase.
Las/os alumnas/os no pueden salir a la calle entre clase y clase. Sólo podrán hacerlo durante el tiempo destinado al recreo. Se exigirán las mismas normas de puntualidad.
Las/os alumnas/os están obligadas/os a asistir regularmente a todas sus clases y para su evaluación continua se requiere una presencia del 85% en cada uno de los módulos.
Las/os alumnas/os que incumplan la norma anterior, perderán el derecho a evaluación continua en los módulos correspondientes. Cada profesor les notificará la situación.
Las justificaciones de ausencias se les notificarán al tutor, en un plazo máximo de 3 días lectivos desde la incorporación a clase independientemente de la comunicación previa. En el caso de menores, la justificación deberán notificarla los padres o tutores.
La justificación o no de las ausencias es competencia del profesor de acuerdo con el equipo directivo y claustro.
Las faltas justificadas también repercutirán en la perdida de la evaluación continua.
La falta de asistencia reiterada el día antes de un examen podrá suponer la pérdida del derecho al siguiente.
La ausencia a clase en las horas anteriores al examen conlleva la pérdida del derecho al mismo.
Las ausencias durante la jornada escolar se justificarán a los tutores con el correspondiente documento oficial.
Todo alumno/a es sujeto de derechos y deberes tal como se reconoce en el Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, modificado por Decreto 7/20019, de 6 de febrero.
Actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.
La falta de colaboración sistemática de la alumna/o en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.
Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeras/os.
Las faltas injustificadas de puntualidad y asistencia a clase.
El trato incorrecto y desconsiderado hacia los otros miembros de la comunidad educativa.
Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
CONDUCTAS GRAVEMENTE CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
(Art. 39 Decreto 249/2007, de 26 de septiembre, modificado por Decreto 7/20019, de 6 de febrero)
La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.
Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen un componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnas/os con necesidades educativas especiales.
Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.
El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.
El incumplimiento de las correcciones impuestas.
Las conductas atentorias de palabra u obra contra los representantes en órganos de gobierno o contra el equipo directivo.
Los atentados a la intimidad, la grabación y la difusión por cualquier medio de reproducción de las restantes
NOTA: En el Plan de Convivencia del centro se indica el procedimiento específico para la imposición de medidas de corrección.